BENEFICIARIOS
Se considerarán beneficiarios a los estudiantes de los institutos de educación superior e instituciones de educación universitaria de la provincia de Santa Fe que deseen ejercer su derecho, de acceder a la educación, en la modalidad que mejor se adapte a sus condiciones.
REQUISITOS
El Ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe deberá implementar programas de programas de formación, capacitación y actualización docente para garantizar la calidad y eficacia de la enseñanza en la modalidad híbrida. Se promoverá el desarrollo de competencias pedagógicas y tecnológicas necesarias para el cursado virtual.