Día histórico para la justicia santafesina: comienza a aplicarse el sistema de Juicio por Jurados
Domingo 8 de junio de 2025
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Santa Fe pone en marcha este lunes 9 de junio el sistema de Juicio por Jurados. El estreno será en los Tribunales de San Cristóbal, en el marco de un proceso penal por homicidio calificado y femicidio en grado de tentativa. Participarán 12 jurados titulares y 2 suplentes, todos ciudadanos comunes, seleccionados por sorteo del padrón electoral. Se trata de un paso histórico en la provincia hacia un modelo de justicia más participativa.
La Ley N.º 14.253, que establece esta modalidad para delitos graves, fue sancionada el 21 de marzo de 2024 y promulgada por el gobernador Maximiliano Pullaro el 27 de ese mismo mes, a través del Decreto N.º 418. La norma incorpora el juicio por jurados para ciertos delitos penales, como homicidio calificado, robo seguido de muerte, abuso sexual seguido de muerte y enfrentamientos armados entre policías y delincuentes.
“El juicio por jurados está previsto en la Constitución Nacional desde
1853 y ahora Santa Fe se suma a provincias como Buenos Aires, Córdoba,
Mendoza, Río Negro, Chubut y la Ciudad de Buenos Aires, entre otras, que ya
lo aplican”, explicó el secretario de Justicia provincial, Santiago
Mascheroni. El funcionario destacó que este sistema “permite que la
sociedad juzgue a sus pares, lo cual democratiza la justicia y representa un
verdadero cambio de paradigma”. El modelo adoptado prevé un jurado de 12 personas titulares y 2 suplentes,
todas sin formación jurídica ni vínculos con el Poder Judicial o las fuerzas de
seguridad. Quedan excluidos abogados, escribanos, funcionarios públicos,
militares, policías, personas con antecedentes penales, menores de edad, mayores
de 76 años, madres lactantes y quienes tengan relación directa con las partes
del proceso.
Mascheroni subrayó que no se requiere conocimiento legal para formar
parte del jurado: “El rol del jurado es escuchar a las partes, observar la
prueba, seguir las instrucciones del juez y deliberar. No es sencillo, porque
hay que lograr una decisión colectiva. Nuestra legislación prevé un veredicto
unánime, pero si no se alcanza, se admite una mayoría agravada de 10 votos para
declarar culpabilidad”. En ese sentido, el funcionario aclaró que el jurado sólo determina la
culpabilidad o inocencia del imputado. La pena es impuesta posteriormente por el
juez técnico a cargo del tribunal.